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Avalan con reservas enmiendas a la Ley de Armas

El Superintendente de la Policía de Puerto Rico, Héctor Pesquera, apoyó hoy con reservas una medida para imponer responsabilidad a los padres con patria potestad y custodia sobre menores de edad que incurran en violaciones a varios articulados de la “Ley de Armas de Puerto Rico”.

En vista pública de la Comisión Cameral de lo Jurídico, que preside Elizabeth Casado Irizarry, el funcionario en memorial escrito, favoreció la imposición de responsabilidad vicaria de índole civil que debe tener un padre por los actos que realicen sus hijos, al hacer éstos uso ilegal de un arma de fuego.

No obstante, consignó que debe enmendarse el lenguaje del proyecto que impone además esta responsabilidad en el área criminal, ya que “en nuestro estado de derecho existe el principio de legalidad”.

Expresó que en dicho tema “el Tribunal Supremo de Puerto Rico ha establecido que nadie será sancionado por una acción u omisión que la ley provee como delito si la misma no se realiza con intención o negligencia criminal”.

“La responsabilidad criminal de una persona se configura cuando de sus actos concurren la realización de la actividad delictiva y aquel elemento mental, éste último fundamental del principio de culpabilidad”, señaló.

“Somos del criterio que la misma no sobrellevaría con éxito un ataque constitucional, por posiblemente actuar en detrimento de dicho principio. Además, ya nuestro ordenamiento jurídico contempla consecuencias legales para padres y custodios que incumplen con su deber de proteger y supervisar a sus hijos menores de edad, bajo custodia”, mediante el artículo de negligencia en la Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores.

“Ahora bien, en cuanto a lo que la responsabilidad civil respecta, sí estimamos pertinente que se incluya la enmienda a los efectos de que serán responsables civilmente de forma vicaria los padres o custodios de aquellos menores de edad por los daños que éstos causaren por el uso de un arma de fuego”, recomendó.

“Esto, estaría conforme a lo dispuesto en el Código Civil, en cuánto a la responsabilidad por daños causados por un menor, por personas incapacitadas, por dependientes, por alumnos o por aprendices, que entre otras consideraciones dispone que la obligación del estatuto es exigible, no sólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder”, concluyó.

El proyecto dispone que “el padre o madre custodio que posea la patria potestad sobre un menor de 18 años que incurra en alguna violación a la ‘Ley de Armas’, incurrirá en delito menos grave. De mediar circunstancias atenuantes se pueden considerar programas de orientación a la familia y servicios a la comunidad o ambas a discreción del tribunal”.

Establece también, que serán responsables civilmente de forma vicaria por los perjuicios que se causaren con un arma de fuego en posesión de dicho menor.

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