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Al Supremo caso del PIP vs. consulta de Reforma Legislativa

El Tribunal Supremo acogió hoy la petición de certificación presentada por el gobierno en la impugnación judicial del referéndum de reforma legislativa promovida por el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), anunció hoy la vicepresidenta de esa colectividad y candidata al Senado, María de Lourdes Santiago.

“Es lo que habíamos anticipado, sobre todo después de que en la vista ante el Tribunal de Primera Instancia se declararan no ha lugar, en corte abierta, las varias peticiones de desestimación del gobierno. Los méritos del caso son tan evidentes que estábamos confiados en prevalecer; ningún tribunal que se precie de respetar la constitución podría permitir que se lleve al pueblo a votar por una propuesta adoptada de forma ilegítima”, apuntó la abogada independentista.

En su impugnación, el PIP denunció que la medida legislativa que convoca a la consulta se aprobó en el Senado con sólo 20 votos a favor, con lo cual no llega a las dos terceras partes que requiere la Constitución, que lleva a consideración del país nueve asuntos, cuando la Constitución establece un número de tres para cada referéndum de enmienda constitucional y que contempla convocar a la Junta de Redistribución de Distritos Electorales fuera del término que provee la Constitución. Además, la propuesta contiene varios elementos engañosos, ya que dispone cómo se asignará el dinero que alegadamente se ahorrará, a pesar de que una asamblea legislativa no tiene poder alguno para obligar a la que le suceda en otro cuatrienio, y propone que las enmiendas serían afectivas el 2016, lo cual es imposible.

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