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Patronos le deben $446 millones al Fondo

La Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) tiene deudas acumuladas por más de $446 millones de dólares por parte de patronos, algunos de los cuales llevan cerca de 25 años sin cumplir con las obligaciones con esa instrumentalidad. Al extremo, la CFSE está contemplando dar como pérdidas parte de esta deuda, bien sea por los años que llevan sin cobrar o porque el patrono ha desaparecido.

La administradora de la Corporación, Liza Estrada Figueroa, quien estuvo representada por Luis Ramos Cartagena, señaló en sus expresiones escritas que la CFSE reconoce que la seria situación fiscal que enfrenta el país ha impactado la capacidad de los patronos de cumplir las obligaciones que les impone la Ley 45-1935, supra, lo que ha provocado la acumulación de deudas pendientes de pago ascendentes a $302.3 millones de dólares, por concepto de primas vencidas, y $144 millones, por casos de patronos no asegurado, según el estado financiero auditado al 30 de junio de 2013.

La información trascendió durante una vista pública de la Comisión de Gobierno, Eficiencia Gubernamental e Innovación Económica del Senado, que preside el senador Ángel Rosa (PPD), en la que se consideró el Proyecto del Senado 984, de la autoría del portavoz del PPD en el Alto Cuerpo, Aníbal José Torres, que enmienda la Ley 15, conocida como la Ley Ponte al Día con tu Responsabilidad Patronal: Plan de Incentivo para el Pago de Contribuciones, Cuotas, Cotizaciones, Declaraciones de Nómina y/o Primas Adeudadas, a fin de añadir entre los incentivos dispuestos en dicho estatuto un descuento de 20% del monto adeudado a la Corporación bajo el Seguro Obrero establecido por la Ley 45-1935, según enmendada, conocida como la Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo.

Esta medida, según ella, que contempla la reducción de un 20% de las deudas acumuladas por lo patronos, adicional al relevo de intereses, recargos, penalidades y gastos administrativos, les permitirá atender ventajosamente sus obligaciones de pago con la Corporación. “La medida es cónsona con un programa agresivo de cobro de deudas puesto en vigor por la CFSE, beneficia los intereses corporativos al viabilizar una recaudación expedita de primas y gastos de patrono no asegurado vencidos y pendientes de pago”, dijo.

Al referirse a la deuda por concepto de las primas, el portavoz del Partido Nuevo Progresista (PNP) en el Senado, Larry Seilhamer se preguntó que no sabe cómo pueden llegar a esa deuda, en el caso de los contratistas. “De entrada, cuando uno tiene un proyecto para levantar, ya sea público o privado, el permiso de construcción requiere haber formalizado la póliza de la CFSE. No se puede iniciar un proyecto de construcción si no hay una evidencia que se levantó la póliza. Sin embargo, al final del proyecto, para el permiso de uso, se requiere una certificación de la CFSE, donde ese patrono o contratista haya cumplido cabalmente con el pago de esa prima”, dijo el Senador.

En tanto, Ramos Cartagena respondió que para ellos fue una preocupación cuando iniciaron la administración del Fondo, lo fue el monto de las deudas. “Cuando evaluamos los libros, nos percatamos que casi la mitad de esas deudas supera los 20 ó 25 años de existencias. Son deudas que en muchas de ellas se han hecho gestiones de cobro y en otras, aunque se hayan hecho las gestiones de cobro, no tenemos la evidencia de que se han hecho por problemas de archivo, de documentos. Precisamente, por eso estamos trabajando un sistema mecanizado para tener todo nuestro sistema de cobro y poder darle seguimiento, para evitar que pase tanto tiempo sin hacer gestiones cobro”, dijo el deponente.

Agregó que van a tener que considerar algunas de estas deudas como incobrables, porque superan los 20 ó 25 años.

También se consideraron durante la vista pública el Proyecto del Senado 983 y el Proyecto del Senado 982, ambos de la autoría del senador Aníbal José Torres, los que recibieron el apoyo de la CFSE y la administradora de la Administración de Desarrollo Laboral, Sally López Martínez, por su parte, favoreció el P. del S. 982.

El P. del S. 982, incluye la prevención de accidentes del trabajo y enfermedades ocupacionales entre los propósitos dirigidos a mejorar los servicios ofrecidos a los patronos por la CFSE que podrán beneficiarse de la cuenta especial de $5 millones establecida en dicho estatuto por concepto de recaudos parciales relacionados con la Ley 45.

En tanto, el P. del S. 983, está dirigido a permitir que los aditamentos especiales prescritos por médicos de la CFSE en casos de incapacidad total permanente puedan ser reparados o reemplazados por causa justificada; aumentar la cuantía del beneficio económico a concederse a todo trabajador con incapacidad total permanente que interese construir una vivienda para su uso especialmente diseñada para facilitar su ambulación o adaptar la que posee o acondicionar sus accesos con tales objetivos.

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