Quantcast
El Seguro Social y los empleados por cuenta propia - :: TRIBUNA - Puerto Rico :: Política - Noticias de Política - Elecciones - Resultados Electorales - Noticias de Puerto Rico - Encuestas ::

El Seguro Social y los empleados por cuenta propia

Una de las áreas que necesita cambios en el Seguro Social es la confiscatoria porción del salario de los trabajadores por cuenta propia. Este es un arreglo de contratación laboral al cual los empleadores recurren cada vez más. Se trata de trabajadores por contrato que laboran para una empresa o institución, pero no tienen un negocio propio. Lo único que hacen es vender su capacidad productiva al capital mediante un contrato por un término definido. 

Es injusto que se imponga el pago trimestral para el Seguro Social del 15.3% del salario de una persona que trabaja por contrato para una empresa o institución. En la mayoría de los casos se trata de salarios de subsistencia. Lo que sucede es que algunas empresas o instituciones no quieren asumir las responsabilidades de protección laboral que se les exige por ley en el caso de sus empleados clasificados como regulares.

El 15.3% del salario para el Seguro Social, aparte de la también de la deducción de impuesto por ingresos para el Departamento de Hacienda a los que trabajan por cuenta propia, es confiscatorio de una parte sustancial del ingreso de esa persona. El Seguro Social obliga al empleado por cuenta propia a pagar la parte patronal y la parte correspondiente como trabajador. Esto convierte, lo que debió ser un programa social para los trabajadores, en una exacción confiscatoria de una parte sustancial del salario.

No es entendible que se exija pagar el doble a un empleado por cuenta propia que no tiene un negocio propio como tal de lo que se le deduce de su sueldo para el Seguro Social a una persona con un empleo regular en una empresa o institución. Lo lógico fuera que se obligara, también, a su empleador a pagar la parte patronal correspondiente.

En muchas ocasiones el empleado por cuenta propia trabaja una jornada específica, ya sea de ocho horas o menos, dentro de la empresa o institución que lo emplea. Lo único que varía es el tipo de nombramiento que el empleador le confiere.

En los casos en que el empleado por cuenta propia hace el trabajo profesional desde su hogar, siempre se le exige una regularidad en la entrega de sus asignaciones laborales, tal y como si estuviera trabajando dentro de las paredes de la empresa o institución empleadora.

El Congreso de Estados Unidos tiene que enmendar la Ley orgánica del Seguro Social  para atender en momento de crisis económica como la que vive el pueblo estadounidense y, por ende, en condiciones todavía peores, el pueblo de Puerto Rico, la situación de los empleados por cuenta propia. Principalmente a aquellos de ellos cuyos ingresos por concepto salarial están en el promedio nacional de la clase trabajadora, ya sea en el caso de Estados Unidos o de Puerto Rico.

Esa revisión de la obligación con los pagos al Seguro Social a personas que trabajan por cuenta propia para una única empresa o institución y cuyos ingresos caen en el promedio de la clase trabajadora dejaría en el bolsillo de esas personas, que cada vez son más, dinero para ahorrar en la banca comercial o en las instituciones cooperativistas y para gastar en el comercio, lo que sería una opción adicional que ayudaría a incentivar la decaída economía de Puerto Rico.

El autor fue columnista del desaparecido periódico El Mundo y ha escrito columnas y colaboraciones de análisis para la sección de noticias internacionales de El Nuevo Día. Es actualmente oficial de prensa y comunicaciones de la Unión General de Trabajadores (UGT).

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply