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Cámara prohíbe el ‘cyber bullying’

Un proyecto, de la autoría de la presidenta de la Cámara, Jenniffer González Colón, que enmienda la Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico para prohibir el acoso cibernético y definir el término acoso escolar cibernético, fue aprobado hoy de manera unánime por la Cámara de Representantes.

Aunque en la isla existe por ley una prohibición y prevención de los actos conducentes a hostigamiento e intimidación “bullying” en entornos escolares, zonas contiguas o actividades auspiciadas por éstas, no era extensivo a la modalidad cibernética.

El acoso escolar cibernético, se define en el P. de la C. 3940 como un acto o patrón de incidentes donde media la transmisión de cualquier tipo de comunicación electrónica, oral, escrita, visual o textual, con el propósito de acosar, intimidar, hostigar y afligir a un estudiante o grupo de estudiantes, ocasionando dicho comportamiento interferencia en las oportunidades, desempeño o beneficio de los estudiantes provocando daño físico, mental y emocional al estudiante, y poner a éste de manera conciente en una posición en la que razonablemente sienta temor por su seguridad física o daño a su propiedad, y cree un ambiente educativo v hostil.

Otra medida que también pasó el cedazo cameral de forma unánime (47 votos), fue el P. de la C. 2617, de la autoría del representante Cristóbal Colón Ruiz, dirigido a enmendar la Ley de Vehículos y Tránsito para que los comercios privados autorizados a vender marbetes para vehículos de motor tengan que incluir también a las motoras.

La exposición de motivos de la medida señala que gran cantidad de comercios autorizados para la venta de derechos de tránsito en la Isla no han realizado gestiones para que los motociclistas puedan beneficiarse de sus servicios y, simultáneamente, el pueblo pueda beneficiarse al disminuir la cantidad de personas en las filas de las colecturías.

El proyecto ordena al Secretario de Hacienda y al de Transportación y Obras Públicas que al autorizar a cualquier comercio la venta de marbetes se les obligue como parte del acuerdo la venta de marbetes para motocicletas.

Con igual número de votos, se avaló un proyecto que aumenta la multas que pueden imponer la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) y el Departamento de Hacienda, a los negocios que no ubiquen carteles advirtiendo los efectos nocivos de ingerir alcohol por parte de las mujeres embarazadas. (P. de la C. 3209)

La pieza señala que el Comité del Síndrome de Alcoholismo Fetal, adscrito al Instituto de Deficiencias en el Desarrollo de la Escuela Graduada de Salud Pública del recinto de Ciencias Médicas, planteó la necesidad de aclarar las funciones de las agencias encargadas de hacer cumplir la ley y la adopción de reglamentación para ello.

La medida, de la autoría de la representante Elizabeth Casado Irizarry, aumenta a $250 la multa por la primera, de $500 por la segunda infracción y $1,000 por la tercera.

“No obstante, por la tercera infracción además se someterá al negocio o al comerciante a un procedimiento de revocación de licencias de rentas internas para venta de bebidas alcohólicas”, plantea el lenguaje de la pieza.

Los ingresos provenientes de estas multas serán utilizados para realizar esfuerzos de prevención y orientación sobre los efectos sobre la mujer y el feto de esta práctica.

A renglón seguido, se le dio paso con 47 votos a una enmienda al Código Civil a los fines de reducir los términos que deberá presentar uno de los cónyuges para que puedan considerar como causas de divorcio. (P de la C. 3605)

Según la pieza, de la autoría del representante José Rivera Ortega, se reduce de un año a 180 días el término del abandono, de dos años a un año el tiempo de separación de ambos cónyuges y de siete a tres años la causal de locura incurable.

A su vez, se aprobó otra enmienda al Código Civil para establecer que si un notario ha cumplido con todos los requisitos en la redacción de un documento, pero haya involuntariamente omitido dar fe de haber cumplido con algún requisito dispuesto por el Código Civil, podrá mediante acta notarial hacer constar que ha cumplido con lo dispuesto en la ley (PC 3329).

La pieza de la autoría del representante Luis “Tato” León Rodríguez, dispone además que en caso de impugnación de un testamento otorgado ante notario, el mismo pueda comparecer al litigio si adviene en conocimiento de éste y pueda establecer mediante prueba, el cumplimiento de las formalidades establecidas al momento de redactar el documento. La misma recibió 38 votos a favor para su aprobación y nueve abstenciones.

Además, se refrendó el P. de la C. 3626, con el fin de consolidar la información existente en el Registro Obligatorio de Comerciantes y de Negocios que actualmente administra la Compañía de Comercio y Exportación con el Registro de Comerciantes del Departamento de Hacienda, de modo que se aumente la competitividad empresarial de la Isla.

La pieza, de la autoría del representante José Chico Vega, delega en el Departamento de Hacienda, la responsabilidad de inscribir, autorizar y emitir el certificado correspondiente y fiscalizar el Registro de Comerciantes del Gobierno de Puerto Rico. El mismo recibió votos a favor 34 y 13 abstenciones.

Igualmente, se consignó 47 votos a favor del P. de la C. 3775, que adiciona facultades al secretario del Departamento de Asuntos al Consumidor para aprobar reglamentación que mantenga el orden y la seguridad en los centros comerciales que operen durante la “Venta del Madrugador” o “Black Friday”.

Igualmente, se aprobó el sustitutivo a los P. de la C. 3853 y 3963 para enmendar la Ley Hipotecaria a los fines de viabilizar una cancelación de hipoteca por conducto de un acta de notoriedad. Fue avalado con 38 votos y nueve abstenciones.

Según la exposición de motivos de la medida, “para poder realizar esta transacción es necesaria esta enmienda a la ley para modificar las disposiciones que rigen los documentos que tendrán acceso al registro de la Propiedad y aquellos que podrán presentarse a los fines de cancelar los asientos existentes”.

A renglón seguido, se dio curso al P. de la C. 3975 de la autoría de González Colón para establecer mediante ley la Oficina de Servicios Legislativos (OSL), además de disponer sus funciones, facultades y estructura administrativa.

La exposición de motivos de la pieza, que recibió 34 votos a favor y 13 abstenidos, a favor, indica que esta entidad constituida desde 1954, ha operado con funciones similares de asesoramiento que lleva a cabo su homólogo en el Congreso de los Estados Unidos, pero que con el pasar de los años se ha ampliado y modernizado sus recursos para cumplir con las encomiendas que le confiere la Asamblea Legislativa.

“Con el transcurso de los años, por la efectividad y profesionalismo de su valiosa gestión, ha probado ser una importante dependencia de la Asamblea Legislativa”, plantea la pieza.

La OSL se establecerá como un organismo permanente de apoyo al quehacer de Asamblea Legislativa en sus diversas etapas de la labor legislativa.

Otra de las medidas a las que se le dio paso sin objeción fue la R. C. de la C. 1513, que aclara la intención legislativa de que la creación de los procesos uniformes para la adquisición de equipo tecnológico para personas con impedimentos no se debe interpretar como una orden a las agencias para comprar, alquilar, adquirir, transferir, prestar, reciclar, re-usar o disponer de ningún equipo, ya que los mismos deben ser individualizados.

“Las respectivas agencias dentro de su peritaje determinarán cuáles no serán transferibles, como por ejemplo, los equipos de asistencia tecnológica personalizados para uso de beneficiarios individuales de la Administración de Rehabilitación Vocacional de Puerto Rico”, indica la exposición de motivos de la pieza.

La Cámara recesó sus trabajos hasta mañana viernes 22 de junio de 2012, a las 10:30 de la mañana.

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