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“Laguna” legal deja a abonados sin mecanismo para objetar factura de la AEE

El representante del Partido Nuevo Progresista (PNP), Jorge Navarro Suárez, denunció que la recién aprobada ley de reforma energética dejó desprovistos a los abonados de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) del mecanismo legal establecido por la Ley 33-1985, conocida como la Ley para Establecer Requisitos Procesales Mínimos para la Suspensión de Servicios Públicos Esenciales, para la objeción de sus facturas de luz.

Según el representante, la reforma energética eliminó a la AEE de la lista de corporaciones públicas a las que les aplica la Ley 33, con la idea de que en un futuro las objeciones de las facturas de energía eléctrica sean atendidas bajo el mecanismo que establezca la Comisión de Energía de Puerto Rico, mecanismo que se estima será creado en unos dos años.

Empero, el representante aseguró que la ley de reforma energética no estableció una cláusula transitoria para asegurar que la Ley 33 continúe aplicándole a la AEE hasta tanto la Comisión de Energía apruebe la reglamentación correspondiente. Esta laguna en la ley implica que a partir del 27 de mayo, fecha en que entró en vigor la ley de reforma energética, los abonados de la AEE no tienen derecho a objetar sus facturas bajo la Ley 33.

“Lejos de ayudar a los consumidores, esta mal llamada reforma energética ha eliminado la carta de derechos de los abonados de la AEE. Esta situación no sólo implica que los consumidores ya no cuentan con un mecanismo en ley para la objeción de sus facturas de luz, sino que los requisitos mínimos que se tenían que cumplir antes de que la corporación pública pudiera suspender el servicio ya no aplican. Esto es inaceptable”, expresó.

Navarro Suárez añadió que “no quisiera pensar que ante la crisis financiera que atraviesa la AEE, este cambio en la Ley 33 se haya hecho con toda la intención de asegurar que los consumidores se vean forzados a pagar cualquier cantidad de luz que la corporación pública les facture, sin poder objetar los cargos”.

El legislador explicó que la Corte Suprema de Estados Unidos, en el caso de Memphis Light vs Craft, 436 US 1 (1978), estableció que el debido proceso de ley exige la disponibilidad de un procedimiento administrativo para que el abonado tenga la oportunidad de presentar sus objeciones a las facturas de energía eléctrica. Exige, también, que las empresas notifiquen al abonado la disponibilidad de ese procedimiento.

En este momento la AEE incluye en las facturas de luz una advertencia sobre el derecho de todo abonado de objetar los cargos bajo el mecanismo establecido por la Ley 33. Sin embargo, lo cierto es que a partir del 27 de mayo, esta ley ya no le aplica a esa corporación pública.

Con el propósito de atemperar esta “laguna” en la ley de reforma energética, el legislador anunció que en el día de ayer presentó el Proyecto de la Cámara 2030, medida que reestablece la aplicabilidad de la Ley 33 a la AEE, hasta tanto la Comisión de Energía sea creada y apruebe la reglamentación correspondiente.

Lea el Proyecto de Ley

“Confiamos en que la mayoría parlamentaria del Partido Popular Democrático (PPD) se mueva a aprobar nuestro proyecto inmediatamente. De lo contrario, quedaría evidenciado que detrás de la mal llamada reforma energética existía un plan nefasto de atarle las manos a los consumidores al eliminarse el mecanismo en ley para objetar sus facturas de luz”, puntualizó.

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