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AGP presenta proyecto para regular participación política de empleados públicos

El gobernador de Puerto Rico, Alejandro García Padilla (PPD), presentó un proyecto para crear la “Ley para Regular la Participación de Empleados Públicos en Actividades Político-Partidistas”. El mismo pretende regular el nivel de participación en actividades políticas de aquellos empleados gubernamentales que sus ingresos provienen de fondos del gobierno de Puerto Rico y crear mecanismos de querellas, investigación y adjudicación de penas por violaciones a esta ley.

“El tema comienza por el gobierno. El tribalismo partidista dentro de las propias filas del servicio público, agobia a los puertorriqueños y derrota la eficiencia del Estado. Sobre todo en un sistema de alternancias, el profesionalismo del gobierno tiene que resaltarse. Hay que despolitizar al gobierno. Los partidos políticos son una herramienta valiosa de la democracia. Pero cuando sus intereses derrotan el profesionalismo en la gestión del Estado, hay que poner orden”, explicó García Padilla en su mensaje.

El anteproyecto pretende emular el “Hatch Political Activity Act” que existe a nivel federal y que aplica a todas las agencias del Ejecutivo, municipios o cualquier otra subdivisión política de un Estado, territorio o posesión de los Estados Unidos y regula el nivel de participación en actividades político-partidista de aquellos. Algunos estados ya han redactado y aprobado piezas legislativas similares a la federal.

Lea el anteproyecto de ley

La medida busca prohibir a servidores públicos el influir o interferir con el resultado de elecciones o aspiraciones de candidatos a puestos electorales. Además, pretende prohibir el solicitar contribuciones a partidos políticos o candidatos electorales de personas u organizaciones que hayan contratado u obtenido beneficios del gobierno de Puerto Rico. Igualmente, se prohibirá el ofrecer y/o privar de recibir beneficios gubernamentales a cambio de aportaciones político-partidistas.

También, quedará prohibido el uso de literatura o símbolos político-partidistas en funcionarios públicos mientras laboran y se encuentran en edificios públicos y se impedirá el uso de edificios públicos para fines político-partidistas.

Por otro lado, el anteproyecto dispone que “cada jefe de agencia, en coordinación con la Oficina de Auditoría Interna y/o la Oficina de Recursos Humanos de dicha agencia, establecerá la reglamentación necesaria para el fiel cumplimiento de lo aquí dispuesto. La reglamentación podrá incluir, pero, sin limitarse, el requisito anual para que todo funcionario público presente una declaración jurada que certifique el cumplimiento con esta ley. Dicha certificación pasará a formar parte del expediente del funcionario público”.

Asimismo, esta legislación busca enmendar el artículo 18 de la Ley 205-2004, según enmendada, conocida como la “Ley Orgánica del Departamento de Justicia”, para facultar al secretario de Justicia a crear una división para llevar a cabo las investigaciones que dispone e imponer sanciones y penalidades.

Si el jefe de agencia, o algún funcionario autorizado por éste, adviniera en conocimiento de que algún funcionario público que trabajase en su agencia se encuentra en incumplimiento con las disposiciones de esta medida, éste referirá el asunto al Departamento de Justicia para que lleve a cabo la investigación relacionada a las faltas indicadas en este proyecto de ley.

Por último, la legislación dispone que un funcionario público que viole estas disposiciones podrá recibir una multa administrativa no menor de $5,000 ni mayor de $10,000 dólares. Del mismo modo, el funcionario podrá ser suspendido sumariamente de su empleo, suspendido de empleo y sueldo por un término de 89 días y/o podrá ser destituido de su puesto.

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