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Consecuencias legales de que Puerto Rico no pague a los bonistas

¿Cuáles son las consecuencias legales de que Puerto Rico no pague a los bonistas? ¿Puede demandarse a Puerto Rico? ¿En qué corte? ¿Quién puede demandar? Todas estas son importantes preguntas para los inversionistas y público en general después de que Standard & Poor’s y Moody’s degradaron el crédito de Puerto Rico y la última también los bonos respaldados por COFINA. Aquí, trataré de predecir los posibles escenarios.

El más obvio es que Puerto Rico, como cualquier estado de la Unión, está impedido de buscar protección de la ley de quiebras federal ya que no provee para eso. Además, ninguna corporación pública o municipio puede hacerlo. No solamente la ley de Puerto Rico no provee expresamente para ello, si no que el 11 U.S.C. § 101(52) expresamente excluye Puerto Rico y Washington D.C. de protección del Capítulo 9. Por ende, la organizada reorganización que Detroit lleva a cabo es imposible para Puerto Rico.

Puerto Rico no es una nación independiente ni es un estado de la Unión. Es un territorio no incorporado con gobierno propio, ver, Harris v. Rosario, 446 U.S. 651 (1980). Pero para propósitos de la 11ava Enmienda a la Constitución Federal es un estado, ver Fresenius Medical Care Cardiovascular Resources, Inc v. Puerto Rico and the Caribbean Cardiovascular Center Corp., 322 F.3d 56, 61 (1st Cir. 2003). Esta Enmienda fue incorporada a raíz de la decisión de Chisom v. Georgia, 2 U.S. (2 Dall.) 419 (1793), la cual determinó que se podía demandar a un estado de la Unión en la Corte Federal aún si no se podía hacer en sus cortes. Poco después, la 11ava Enmienda fue aprobada. Por lo tanto, Puerto Rico no puede ser demandada en Corte Federal sin su consentimiento.

Puerto Rico ha dado su consentimiento a ser demandado en sus cortes en cobro de dinero, Ver, Hato Rey Stationery, Inc., v. Commonwealth of Puerto Rico, 119 D.P.R. 129 (1987) y Montalvo & Comas Electric Corp. v. Commonwealth of Puerto Rico, 107 D.P.R. 558 (1978). La pregunta, sin embargo, no termina ahí.

Aunque usualmente se entiende que Puerto Rico debe alrededor de $70 mil millones, no toda la deuda es del Estado Libre Asociado de Puerto Rico nombre oficial de gobierno de la isla. Conforme la página 56 de The Commonwealth of Puerto Rico, Update on Fiscal and Economic Progress, FY 2014 Q1 Investor Webcast – October 15, 2013 está el desglose de lo que se debe. Corporaciones públicas como la Autoridad de Energía Eléctrica que genera sus propios fondos y son susceptibles a demandas en la Corte Federal, deben alrededor de $25 mil millones. Además, los municipios, tampoco protegidos por la 11ava Enmienda, deben mas de $3 mil millones. Más aún, solo $16.233 mil millones son obligaciones generales (GO) respaldadas por crédito del ELA y constitucionalmente requeridas a ser pagadas antes que cualquier otra cosa, ver, Artículo VI, secciones 2 and 8 de la Constitución.

Por ende, el tenedor de bonos o la compañía de seguros que se subrogue en los derechos de sus asegurados, tiene que examinar quién emitió la deuda, qué protección, si alguna tiene de la 11ava Enmienda y entonces determinar dónde demandar en cobro de dinero.

Esto no quiere decir que los tenedores de bonos o sus agentes o subrogados van a cobrar de Puerto Rico. La isla puede unilateralmente cambiar las condiciones del contrato. La garantía contra el menoscabo de obligaciones contractuales de la Constitución Federal y de Puerto Rico ha sido erosionada por años. Esto se ve en United Auto., Aerospace, Agr. Implement Workers of America Intern. Union v. Fortuño, 633 F.3d 37 (1st Cir. 2011); Trinidad v. ELA, 2013 TSPR 73 and Domínguez Castro et al. v. E.L.A. I, 178 D.P.R. 1 (2010), cert denied, Domínguez Castro v. Puerto Rico, 131 S. Ct. 152 (2010). Esto quiere decir que es muy probable que un Tribunal concluya que Puerto Rico puede imponer una moratoria o hasta repudiar su deuda o la de sus subdivisiones políticas. Ese paso sería radical y dudo mucho que la presente administración lo considere, pero esta ahí para considerarse.

John Mudd es un abogado y analista político puertorriqueño. Cursó estudios en Ciencias Políticas, Relaciones Internacionales y Derecho en la Universidad de Puerto Rico y la Universidad de Boston.

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