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Expanden prohibición de otorgar contratos a convictos por corrupción

El Senado de Puerto Rico aprobó por unanimidad (25 votos) el Proyecto del Senado 455 que enmendaría la Ley Número 458 del 2000 a los fines de extender la prohibición de otorgar subastas o contratos a personas jurídicas cuyos directivo hayan sido convictos o declarados culpable de ciertos delitos constitutivos de fraude, malversación de fondos o apropiación ilegal de fondos públicos.

“Esta situación hiere la retina” dijo el autor de la medida y senador por San Juan Ramón Luis Nieves (PPD). Con la enmienda, toda entidad licitadora bien puede ser una persona natural o una persona jurídica deberá presentar una declaración jurada que certifique que en su carácter personal no ha sido convicto declarado o culpable de ninguno de los delitos enumerados en la ley del 2000.

En el hemiciclo, el senador Nieves hizo referencia al caso del abogado Roarck Annunciato. “Este proyecto viene porque el Senado del Partido Nuevo Progresista (PNP) contrató en 2011 a un abogado recién revalidado, por $7,000 dólares mensuales, quien era convicto federal. El Departamento de Justicia en la administración pasada, validó esta contratación, pues el contrato era con la corporación del convicto, no con el convicto como persona natural”.

Nieves además subrayó “no vamos a tolerar como País que use la ficción jurídica de la personalidad propia de una corporación para frustrar el propósito original de la Ley del 2000 y contratar con el Gobierno”.

La medida pretende dar fuerza de ley a lo que ya ha sido una norma administrativa del Departamento de Justicia respecto a la contratación gubernamental desde el año 2009. Esta prohibición de adjudicar subastas o contratos se extiende a aquellas personas jurídicas donde alguno de sus incorporadores, presidentes, vice-presidentes, director, director ejecutivo o a todo miembro de una Junta de Oficiales o Junta de Directores o persona que desempeñe funciones equivalentes haya sido convicto o haya sido declarado culpable en el foro estatal o federal, en cualquier otra jurisdicción de los Estados Unidos de America o en cualquier otro país.

Por su parte la senadora del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) María de Lourdes Santiago adelantó que le votaría a favor, aunque sugirió enmiendas al lenguaje del proyecto, solicitud que fue atendida por la mayoría en el Senado “el resultado no debe ser que se penalice a una entidad por acciones vinculadas a la operación de esa entidad, sino que son responsabilidad de alguien que ya no trabaja ni realiza actividad alguna en beneficio de la corporación. Creo que es importante que al menos para efectos del registro quede claro que la intención legislativa no debe ser extender la penalidad a ese extremo”.

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