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Ya es Ley la denominación de origen del café boricua

La nueva ley prohíbe además el que se utilicen los adjetivos “de alta calidad”, “gourmet”, “fino”, “premium” para mercadear el grano de café.

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La nueva Ley 232 establece unos parámetros de calidad establecidos por el Specialty Coffee Association of America, para uniformar los parámetros que rigen el café en la Isla con los estándares que se utilizan a nivel internacional.

El senador del Partido Popular Democrático (PPD), Ramón “Ramoncito” Ruiz, quien presidente la Comisión de Agricultura del Senado, celebró la firma por parte del gobernador de una iniciativa suya y del senador José Nadal Power (PPD) para impulsar el café puertorriqueño mediante la denominación de origen. De esta manera, la calidad del café boricua podrá competir más favorablemente a nivel mundial.

“Nuestro Proyecto del Senado 951 se convirtió en la Ley 232 del 22 de diciembre de 2015. La denominación ‘Café de Puerto Rico’. implica que el café boricua llevará un sello similar al del vino francés o al que lleva el aceite puro de oliva español. Lo que buscamos es asegurar el prestigio del grano nuestro, modernizando las disposiciones de la antigua Ley 60 que data de 1964, medida que queda derogada. Nuestra herencia como productores del mejor café del mundo cuenta ya con más de 275 años de experiencia. Esta ley es para proteger el prestigio de nuestro grano”, expresó Ruiz, también senador por el distrito de Ponce.

La nueva Ley 232 establece unos parámetros de calidad establecidos por el Specialty Coffee Association of America, para uniformar los parámetros que rigen el café en la Isla con los estándares que se utilizan a nivel internacional. Concretamente, a partir del año 2019 podrá adquirir la denominación de origen todo el café que sea 100% cosechado en Puerto Rico, bajo la frase ‘Café de Puerto Rico’. Para que el grano de café tenga la denominación de origen 100% puertorriqueño, los granos no podrán tener más de 5 defectos en una muestra de 300 granos y el contenido de humedad debe estar entre 9% y 13% y sin granos verdes. “Cuando el café sea mezclado con grano extranjero, deberá explicarse así mismo en la etiqueta, para diferenciarlo del café 100% puertorriqueño”, explicó José Orlando Fabre, exsecretario del Departamento de Agricultura y asesor de la comisión senatorial. Fabre es uno de los pocos expertos catadores de café en Puerto Rico. Su trabajo consiste en determinar las cualidades y calidad de los granos que dan vida a la bebida.

Para asegurar que no exista confusión en el consumidor, los adjetivos como “de alta calidad”, “gourmet”, “fino”, “premium” y otros ya no podrán ser utilizados para describir el grano.

Cualquier producto que esté en violación a la ley no podrá ser mercadeado en Puerto Rico y el mismo será embargado por el Departamento de Agricultura (DA) de Puerto Rico, quien es la agencia encargada de ejercer las disposiciones de la Ley, así como las multas. La nueva medida faculta además al Departamento de Estado de Puerto Rico a tramitar ante la Oficina Internacional de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) el registro de la denominación ‘Café de Puerto Rico’ y realizar las gestiones necesarias para cumplir con ese propósito.

“Esta medida recibió el visto bueno de oficiales del Departamento de Agricultura, Departamento de Justicia y la Asociación de Compradores Beneficiadores de Café de la Montaña, Inc., así como la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Mayagüez. Parte importante de esta medida es orientar a los productores y consumidores sobre los beneficios de la misma”, concluyó el senador Ruiz, quien aspira a la reelección por el distrito de Ponce,

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