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Denuncian uso de helicóptero de la AEE como ambulancia aérea

El senador del Partido Nuevo Progresista (PNP), Ángel “Chayanne” Martínez refirió hoy la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) a la Administración Federal de Aviación (FAA) luego de que la corporación pública utilizó uno de los helicópteros de su flota como ambulancia aérea para el transporte de pacientes en casos de emergencia a pedido de la secretaria del Departamento de Salud, Ana Ríus Armendáriz sin que se diera a la luz pública si ese modo de transporte cuenta con todos los requisitos, permisos y certificaciones que requiere para salvaguardar la salud de los pacientes durante el vuelo hacia una facilidad médica.

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El senador del Partido Nuevo Progresista (PNP), Ángel “Chayanne” Martínez pidió a la FAA que investigue el uso de un helicóptero de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) como ambulancia aérea sin contar con los requisitos para hacerlo.

La Administración Federal de Aviación (FAA por sus siglas en inglés), es la entidad gubernamental responsable de la regulación de todos los aspectos de la aviación civil en los Estados Unidos.

“El pasado viernes 12 de septiembre, la AEE utilizó uno de sus helicópteros como ambulancia aérea a pedido de la Secretaria de Salud, Ana Ríus para transportar a un paciente hacia una instalación hospitalaria y no se conoce si este helicóptero está debidamente certificado para este tipo de uso, al igual que el personal que lo ópera”, cuestionó Martínez.

“Ante esta preocupación estamos refiriendo este delicado asunto de salud pública a la FAA porque es la agencia federal encargada de regular todos los aspectos de la aviación civil en Puerto Rico”, expresó el portavoz PNP en la Comisión de Salud del Senado.

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camillaEl senador explicó que desde 1995 existe en Puerto Rico el servicio de ambulancias aéreas el cual se ofrece para llevar personas en un estado crítico de salud, desde un punto de accidente, o de emergencia, o de un centro de cuidado de salud a uno más especializado; y que  también es frecuentemente usado en las islas municipio o para transportar personas accidentadas en el mar o en la montaña, hasta el centro de trauma del Centro Médico en San Juan.

Este servicio ha sido ofrecido por distintos proveedores privados durante los 19 años de existencia del programa. Actualmente hay dos compañías que ofrecen esta transportación, Aviane y Aeromed las cuales cuentan con los permisos y el equipo necesario para el tratamiento de primera ayuda al paciente.

Lea la carta que envió el senador a la FAA

“Nos sorprende la utilización de este helicóptero de la AEE porque el costo de operar este equipo es muy costoso por hora, el cual puede llegar hasta $7,000 dólares la hora, en momentos cuando la corporación pública tiene un grave problema de falta de dinero y está por entrar en una fase de reestructuración forzada por no poder cumplir con su obligación de pagos a sus acreedores En adición, si por algún percance un paciente sufre daños o pierde la vida la corporación pública se vería en serios aprietos por las demandas que podrían surgir como consecuencia de este uso, que a todas luces debemos de cuestionar.” , puntualizó el senador del Distrito de Arecibo.

“También la secretaria, Ríus al hacer el anuncio de la disponibilidad de un helicóptero de la Autoridad de Energía Eléctrica dijo que lograron un acuerdo de colaboración entre las dos agencias pero no especificó los detalles de dicho acuerdo y si la AEE esta autorizada por la FAA para realizar este tipo de vuelos específicamente”, expresó Martínez

Por otro lado, el legislador señaló que según estipula la Ley 225 de 25 de julio de 1974, según enmendada, corresponde a la Comisión de Servicio Público (CSP) certificar este tipo de aeronave para servir como ambulancia aérea. Si no tiene este certificado, se estaría operando ilegalmente. Según Reglamento 6737 (de la CSP, y aprobado al amparo de la referida Ley Núm. 225) la aeronave que se quiera usar tiene que haber sido construida específicamente con el propósito de proveer transporte “especializado por aire, a personas enfermas o lesionadas que requieren atención médica avanzada” (Sección 4.02 (4) del Reglamento). Este Reglamento aplica a todas las agencias públicas y privadas (Art. 5) Además sección 13.01 del Reglamento indica que se tienen que cumplir con los requisitos que establece el Departamento de Salud, entre los cuales se encuentra contar con una máquina ventiladora para llevar oxígeno a personas que lo necesiten.

“Si un helicóptero, sea de la AEE, de otra agencia o empresa privada, no cumple con estos requisitos estatales y federales, no puede ser usado como ambulancia aérea”, sentenció.

 El senador terminó diciendo que “desde mayo 2014 este legislador presentó la R. del S. 780, para investigar temas relacionados con las ambulancias aéreas (Protocolo de la ACAA específicamente). La medida se aprobó en agosto de 2014. El Senado de Puerto Rico tiene que investigar esta nueva vertiente.”

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