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AGP y el Supremo

El día 30 de julio de 2014, el Honorable Tribunal Supremo de Puerto Rico concedió la solicitud del Senador Thomas Rivera Schatz de certificación interagencial de su caso contra el Colegio de Abogados. Rápidamente, el Gobernador Honorable Alejandro García Padilla tuvo ésto que decir:

“El acceso a la justicia que tienen garantizado todas las partes en un proceso judicial incluye, como requisito indispensable, el derecho a juicio en su fondo, descubrimiento de prueba y la oportunidad de ventilar esa prueba ante un juez imparcial. El recurso de certificación impide ese proceso. Ante ese exceso sistemático en el ejercicio de discreción del Tribunal Supremo de Puerto Rico, en el día de hoy le he pedido a la Asamblea Legislativa que en la próxima sesión analice con celeridad los proyectos ‘E-13-0053 (PC 1248 y PS-657)’ que le quitan a dicho foro judicial la discreción de negar juicio en su fondo a una de las partes.”

Estas manifestaciones demuestran lo poco que conoce el gobernador del litigio. Yo fui el primero en radicar ante el Tribunal de Primera Instancia y les puedo decir que mi cuestionamiento de la ley del Colegio es lo que se llama un “facial challenge” o sea, cuestionar el texto de la ley, no su aplicación. En esos cuestionamientos, no hay descubrimiento de prueba ni vista en su fondo. Pero esto no acaba aquí. Ya en Alvarado Pacheco y Otros v. E.L.A., 188 DPR 598 (2013) ya el Tribunal Supremo de Puerto Rico había rechazado los cambios que se le hicieran a su jurisdicción y esta determinación fue avalada en Brau, Linares v. ELA, 2013 TSPR 156 y más recientemente en Asociación de Maestros v. Sistema de Retiro de Maestros para Puerto Rico, 2014 TSPR 58.

Más aún, la certificación interjurisdiccional provee un mecanismo efectivo para dilucidar rápidamente asuntos de gran importancia pública. A manera de ejemplo, en el caso de Asociación de Maestros, la demanda fue presentada en el Tribunal de Primera Instancia el 8 de enero de 2014 y la resolución del Tribunal Supremo decidiendo la controversia luego de una vista evidenciaria y dos argumentaciones orales, fue emitida el 11 de abril. En cualquier jurisdicción eso es extremadamente rápido y no hay nada mejor que la resolución de controversias de gran importancia de forma expedita.

El Honorable Gobernador, en vez de despotricar en contra del Tribunal Supremo, debería dejar de promover y aprobar leyes que a todas luces son inconstitucionales como la colegiación compulsoria. Solo así el Pueblo volverá a tener confianza en sus instituciones.

John Mudd es un abogado y analista político puertorriqueño. Cursó estudios en Ciencias Políticas, Relaciones Internacionales y Derecho en la Universidad de Puerto Rico y la Universidad de Boston.

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