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Hacienda realiza primer operativo de embargos del 2016

Hacienda realiza operativos de embargos a negocios en Ponce, Carolina y Toa Baja.

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El secretario de Hacienda, Juan Zaragoza señaló que la agencia continuará utilizando el mecanismo de embargo como herramienta de cobros a los deudores de impuestos.

El secretario del Departamento de Hacienda, Juan Zaragoza, informó que hoy viernes se realizó el primer operativo de embargos del 2016 en 5 localidades ubicadas en Carolina, Ponce y Toa Baja, que le adeudan aproximadamente $2.2 millones de dólares a la agencia.

“Durante este operativo se intervino con cinco corporaciones de una cadena de restaurantes de comida rápida que incumplieron con la obligación de remitir dinero al Departamento de Hacienda, que tenían en carácter fiduciario, incluyendo retenciones del Impuesto de Ventas y Uso (IVU)”, señaló Zaragoza.

Agentes de Rentas Internas y de Evasión, junto a Técnicos en Contribuciones, diligenciaron embargos en dos localidades en Carolina con deudas de aproximadamente $847,000 dólares por no remitir IVU, principalmente. Lo mismo ocurrió en una corporación ubicada en Toa Baja, que acumuló deudas por aproximadamente $66,000 dólares por no remitir IVU, principalmente.

En el Municipio de Ponce, Hacienda embargó dos corporaciones, que tienen deudas por aproximadamente $1.3 millones, por no remitir IVU, principalmente.

“En este nuevo año continuamos gestionando el cobro a comerciantes para que cumplan con la responsabilidad de remitirnos los dineros que le corresponden al Estado. Como he manifestado anteriormente, el pueblo de Puerto Rico tiene que tener claro que el cumplimiento de las disposiciones que establece nuestro Código de Rentas Internas no es opcional, la política del Departamento de Hacienda que estamos implementado no admite tolerancia ante el incumplimiento de esas responsabilidades ”, añadió el Secretario .

Los embargos y cierres de localidades tienen carácter preventivo y se efectúan con el propósito de garantizar el cobro de la deuda con el gobierno. Transcurridos 30 días a partir de la fecha de notificación, el embargo será ejecutado si no se ha cancelado la deuda en su totalidad, ya sea mediante pago o con evidencia de haber realizado el mismo. Después de dicho periodo, la propiedad embargada o parte de ella, será vendida en pública subasta tan pronto sea posible, sin más avisos.

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