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Buscan mayores penas para los que operan embarcaciones borrachos

Senadora Itzamar Peña señala hace falta un mayor disuasivo para evitar muertes a causa de la operación de embarcaciones bajo el efecto del alcohol o las drogas.

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“Ciertamente el conducir cualquier vehículo de navegación bajo los efectos de bebidas embriagantes constituye una amenaza de primer orden a la seguridad pública. ” – Itzamar Peña

La senadora del Partido Nuevo Progresista (PNP), Itzamar Peña Ramírez radicó un proyecto de ley el cual establece una pena de cárcel de 15 años a toda persona que ocasione la muerte a otra como resultado de operar una embarcación bajo los efectos del alcohol o sustancias controladas.

“Recientemente en Puerto Rico se han suscitado múltiples casos de personas que han muerto como resultado de choques entre embarcaciones, determinándose el uso de bebidas embriagantes por parte de los conductores. Ciertamente el conducir cualquier vehículo de navegación bajo los efectos de bebidas embriagantes constituye una amenaza de primer orden a la seguridad pública. Considerando esta realidad, estamos proponiendo establecer una pena de reclusión fija para todo aquel que resulte convicto de ocasionar la muerte a un ser humano mientras conduce una embarcación bajo los efectos de bebidas embriagantes o sustancias controladas, con el fin de que represente un verdadero disuasivo que desaliente tan reprochable conducta”, señaló la senadora por acumulación.

La medida propuesta, enmienda el Artículo 7 de la Ley Número 430-2000, conocida como la “Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico”, con el propósito de atemperar este articulado a la Ley Número 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico” y así establecer la nueva penalidad.

La Ley de Navegación y Seguridad Acuática establece como política pública el propiciar y garantizar la seguridad a la ciudadanía, en las prácticas recreativas marítimas y acuáticas y deportes relacionados, y en el disfrute de las playas, lagos, lagunas, y cuerpos de agua de Puerto Rico, así como proteger la fauna, la flora, y otros recursos naturales y ambientales que pueden afectarse por las actividades recreativas o de cualquier índole que se desarrollen allí.

Como parte de la exposición de motivos de la referida ley se dispuso que el Estado tiene la responsabilidad de velar por el bienestar y la seguridad de sus ciudadanos, en este caso, de proteger la seguridad de los que disfrutan de la belleza y la generosidad de nuestras playas y otros cuerpos de agua.

“Es momento de atemperar la ley con la triste realidad que estamos viviendo y colocar un disuasivo robusto para que las personas que conduzcan las embarcaciones lo hagan de forma ordena y protegiendo la vida y seguridad de los demás. Esta iniciativa haría que toda persona que opere una embarcación u otro vehículo de navegación, bajo los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias controladas, y ocasionare la muerte de un ser humano, como consecuencia de la violación de las disposiciones de esta Ley, incurrirá en delito grave y se le impondrá pena de reclusión por un término fijo de 15 años”, terminó diciendo Peña Ramírez.

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