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Se suman congresistas como coautores de proyecto de Pierluisi

Líderes demócratas en el Congreso se suman como coauspiciadores del proyecto que busca que se permita a Puerto Rico el acogerse al Capítulo del Código de Quiebras de Estados Unidos.

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El HR 870 de la autoría de Pierluisi busca el que Puerto Rico pueda acogerse a las protecciones del Capítulo 9 del Código de Quiebras de Estados Unidos como mecanismo para lidiar con la crisis fiscal que enfrenta el gobierno.

El Comisionado Residente en Washington, Pedro Pierluisi (PNP), anunció el martes que se añadirán formalmente sobre una docena de legisladores a su proyecto HR 870, Ley de Uniformidad del Capítulo 9 de Puerto Rico, para proporcionar a Puerto Rico un trato similar al de los estados bajo la protección del Código de Quiebras federal.

El también presidente del Partido Nuevo Progresista señaló que cuando se presentó el HR 870 en febrero de este año, se determinó no añadir ningún coauspiciador a la medida, por razones de estrategia, para no dar la impresión errónea de que el proyecto de ley era partidista. Sin embargo, indicó, varios miembros del Congreso le han comunicado que sus constituyentes les están instando a mostrar su apoyo a HR 870 a través del coauspicio, por lo que el Comisionado Residente tomó la decisión de permitir que se añadan coauspiciadores al proyecto.

En consecuencia, hoy se añadirá un primer grupo de coauspiciadores. Dicho grupo incluye a la demócrata de más alto rango en la Cámara de Representantes, Nancy Pelosi de California. El grupo incluye, además, al presidente del Caucus Demócrata, Xavier Becerra de California; el principal demócrata en el Comité de lo Jurídico de la Cámara, John Conyers de Michigan; y el principal demócrata en el Subcomité Judicial de la Cámara que tiene jurisdicción sobre el código federal de quiebras, Hank Johnson de Georgia. Otros coauspiciadores son los representantes José Serrano, Charles Rangel y Nydia Velázquez, de New York.; el representante Raúl Grijalva de Arizona; los representantes Ted Deutch y Alan Grayson, de Florida; el representante Luis Gutiérrez de Illinois; la representante Eleanor Holmes Norton del Distrito de Columbia; el representante Madeleine Bordallo de Guam; y el representante Gregorio Kilili Camacho Sablan de las Islas Marianas del Norte.

En julio de este año, se presentó una versión idéntica del HR 870 en el Senado de Estados Unidos, el S. 1774, por los senadores Richard Blumenthal de Connecticut y Charles Schumer, de New York. Un total de 15 senadores federales han coauspiciado el S. 1774, incluyendo el líder demócrata Harry Reid de Nevada, el líder demócrata Dick Durbin de Illinois, y el demócrata de más rango en el Comité de lo Jurídico del Senado, Patrick Leahy de Vermont.

“Es importante destacar que esta legislación no es partidista y nunca debe ser considerada como tal. El proyecto de ley no le costaría al gobierno federal un solo centavo, ha sido respaldado por al menos 90 organizaciones e individuos, entre ellos numerosas personas y organizaciones conservadoras como Americans for Tax Reform y el Council for Citizens Against Government Waste. De hecho, la semana pasada, el reputado conservador Ramesh Ponnuru escribió un artículo de opinión apoyando el proyecto”, dijo Pierluisi.

“El proyecto también ha sido respaldado por el secretario del Tesoro Jack Lew; por la no partidista Conferencia Nacional de Quiebras y por juristas de todos los colores políticos más sobresalientes en sus respectivos campos; por los principales actores en el sector privado de Puerto Rico; por empresas radicadas en los Estados Unidos continentales que hacen negocios en Puerto Rico; y por casi todas las juntas editoriales más importantes, incluyendo el Washington Post, Los Ángeles Times, el New York Times, el Wall Street Journal, Bloomberg, el Miami Herald, el Pittsburgh Post-Gazette, y el Boston Globe”, agregó el Comisionado Residente.

En el Capítulo 9, el Congreso faculta a los gobiernos estatales a autorizar a sus corporaciones públicas insolventes a reestructurar sus deudas bajo la supervisión de un juez federal, de manera ordenada y a tenor con la ley federal. A tenor con lo dispuesto en el Capítulo 9, todo gobierno estatal puede autorizar o negarse a autorizar, a sus corporaciones públicas insolventes a acogerse a la protección del Capítulo 9.

Mientras que Puerto Rico es tratado como Estado en virtud de los capítulos del Código de Quiebras sobre personas físicas y jurídicas, no se le trata como Estado en el capítulo referente a las corporaciones públicas. Entre el 1938 y 1984, el Congreso había otorgado a Puerto Rico la facultad de autorizar a sus corporaciones públicas ajustar sus deudas, pero en el 1984, por razones desconocidas, el Congreso excluyó a Puerto Rico de la aplicación de las protecciones del Capítulo 9.

“Bajo el HR 870 y el S. 1774, Puerto Rico podría tratar de reestructurar las deudas de sus corporaciones públicas en crisis -no las del gobierno central. El Capítulo 9 proporciona un foro para que los tribunales federales tomen en cuenta los mejores intereses de todas las partes envueltas y se llegue a una solución justa, equitativa y vinculante. El Capítulo 9 puede ser una herramienta útil incluso si no se utiliza, ya que la mera posibilidad de una presentación de Capítulo 9 por parte de una corporación pública puede fomentar negociaciones voluntarias entre una corporación pública y sus acreedores”, dijo Pierluisi.

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