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Administradora del Fondo destaca beneficios de la “Póliza de Propio Patrono”

Administradora de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado invitó a personas que trabajan por cuenta propia a considerar los beneficios de la Póliza de Propio Patrono.

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La administradora de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), Liza Estrada Figueroa destacó los beneficios y protecciones que ofrece la póliza a las personas que trabajan por cuenta propia.

La administradora de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), Liza Estrada Figueroa, exhortó a las personas que trabajan por cuenta propia a adquirir la Póliza de Propio Patrono para que cuenten con los beneficios que la CFSE les ofrece en caso de algún accidente laboral.

La Ley 147 del 1 de agosto de 2008, conocida como la Ley de Incentivos para el Desarrollo de las Pequeñas Empresas en Puerto Rico, brinda una cubierta completa de seguro obrero a todo dueño de negocio, industria o patrono individual que trabaje a tiempo completo en el negocio y cuyo ingreso no exceda $1 millón de dólares. La cubierta de esta póliza no le aplica a dueños de residencia.

“Esta Ley extiende una cubierta a aquellos patronos que tienen su propio negocio o industria y que operan sus empresas de forma individual (no están incorporados) y aquellos individuos que trabajan por cuenta propia. Esta Ley no cambia el estado de derecho vigente de la responsabilidad del patrono de cubrir con su póliza a sus empleados”, explicó Estrada Figueroa.

La administradora señaló que los patronos dueños de negocio y contratistas individuales podrán obtener una cubierta para si mismos presentando su Certificado de Registro de Comerciante expedido por el Departamento de Hacienda, copia de su última planilla de contribución sobre ingresos del último periodo contributivo, o una declaración jurada indicando su ingreso anual y la procedencia de su ingreso.

“Si un contratista independiente que cualifique para la cubierta de seguro obrero, no cuenta con la póliza, será responsabilidad del patrono que lo contrate asumir la cubierta por los trabajos que realizará la persona contratada”, añadió.

La póliza cubre a los patronos independientes que realicen las siguientes actividades: agricultura, manufactura, construcción, comercio, servicios y transporte. Las tarifas para la cubierta de propio patrono comienzan en $220 dólares anuales.

La administradora del Fondo invitó a los interesados en obtener información adicional sobre esta o cualquiera otra de las pólizas que ofrece la CFSE a comunicarse al 1-844-PÓLIZAS (1-844-765-4927) o 1-844-PATRONO (1-844-728-7666).

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