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Policía y Tribunales avalan enmiendas a la Ley 54

La administradora de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) Sonia Ivette Vélez, avaló el Proyecto del Senado 1172 que busca enmendar la Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica (Ley 54) a los fines de otorgarle capacidad jurídica a los padres, hijos e hijas mayores de 18 años de edad, para solicitar órdenes de protección a favor de sus familiares inmediatos, víctimas de violencia doméstica.

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La presidenta de la Comisión de Asuntos de la Mujer del Senado, Maritere González (PPD) reafirmó el compromiso del gobierno de erradicar la violencia, de todo tipo, en las relaciones de pareja.

“Reconocemos el propósito loable del proyecto de ley bajo escrutinio, toda vez que promueve una medida de intervención por parte de quienes muchas veces son los familiares más cercanos a una víctima de violencia, pero solicitamos que sea mucho más especifico el procedimiento” dijo Vélez a través de una ponencia leída por Mónica Hernández Jiménez.

Sin embargo Vélez, explicó que le preocupa dicha enmienda sólo requiera que el tercero que solicite la orden de protección tenga prueba fundamental de los actos de violencia doméstica. “Consideramos que el familiar tiene que haber presenciado los actos de violencia doméstica o que, como mínimo, la víctima le haya confiado o revelado que ha sido víctima de tales actos o que exista un peligro inminente. Además, la jueza Vélez indicó que como parte del proceso, el tercero debe estar disponible durante todos los procedimientos posteriores que surjan a partir de la expedición de la orden”.

Otro de los aspectos que requirió la Administradora de los Tribunales es que no se excluya el requisito de notificación a la alegada víctima de violencia doméstica antes de iniciar el procedimiento de solicitud de una orden de protección por parte de una familiar. Según Vélez, es imprescindible que la medida legislativa tome en consideración que se deberá garantizar el derecho a la alegada víctima de violencia a participar en el proceso y plantear su postura respecto a la solicitud de orden de protección.

La funcionaria además requirió que la edad para otorgar la capacidad jurídica a un tercero sea 21 años tal y como lo establece nuestro ordenamiento legal.

En tanto, el Superintendente de la Policía José Caldero, se unió al pedido sobre la edad requerida para que un familiar pueda solicitar una orden de protección en beneficio de su padre o madre. Caldero favoreció la pieza legislativa, de la autoría de Itzamar Peña (PNP), y expuso como ejemplo el caso de Alemania, “donde los derechos de las personas víctimas de violencia doméstica están tan avanzados, que ni siquiera se requiere una denuncia por parte de la víctima para que el caso prospere”. El Superintendente de la Policía fue representado en las vistas públicas por Yashira Vega Montalvo.

Mientras, la presidenta de la Comisión de Asuntos de la Mujer, Maritere González (PPD) dijo, “tenemos el compromiso de erradicar la violencia, de todo tipo, en las relaciones de pareja. Actualmente, un patrono puede pedir una orden de protección en favor de un empleado o empleada, pero los padres no pueden hacerlo por sus hijos o hijas”.

Finalmente la senadora del Partido Nuevo Progresista (PNP) Migdalia Padilla, expresó, “ este proyecto es importante porque muchas víctimas no someten querellas por Ley 54 por miedo, por terror”.

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