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Senado “revive” sección de la Constitución eliminada por el Congreso

El Senado de Puerto Rico aprobó una medida para declarar que tiene “toda fuerza y vigor” la Sección 20 de la Constitución del Estado Libre Asociado (ELA) que fue rechazada por el Congreso de Estados Unidos al aprobarse el ELA en 1952. En ese entonces, el Congreso condicionó la aprobación de la Constitución de Puerto Rico a que los constituyentes accedieran a rechazar dicha sección.

El Senador popular Ramón Luis Nieves expresó: “Hoy el Senado ha dado un paso al frente para reafirmar la voluntad democrática de todos los puertorriqueños que les fue rechazada por un Congreso conservador en 1952. Cuando esta resolución sea aprobada por ambas cámaras, estaremos declarando, tanto al pueblo puertorriqueño, como al Congreso de Estados Unidos, que las aspiraciones de justicia social expresadas en la sección 20 han sido rescatadas por esta legislatura y tienen hoy toda su fuerza y vigor”.

La sección 20 de la Constitución del Estado Libre Asociado reza como sigue:

ARTICULO II CARTA DE DERECHOS
Sección 20. Derechos humanos reconocidos; deber del pueblo y del gobierno.
El Estado Libre Asociado reconoce, además, la existencia de los siguientes derechos humanos:
El derecho de toda persona recibir gratuitamente la instrucción primaria y secundaria.
El derecho de toda persona a obtener trabajo.
El derecho de toda persona a disfrutar de un nivel de vida adecuado que asegure para sí y para su familia la salud, el bienestar y especialmente la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
El derecho de toda persona a la protección social en el desempleo, la enfermedad, la vejez o la incapacidad física.
El derecho de toda mujer en estado grávido o en época de lactancia y el derecho de todo niño, a recibir cuidados y ayudas especiales.
Los derechos consignados en esta sección están íntimamente vinculados al desarrollo progresivo de la economía del Estado Libre Asociado y precisan, para su plena efectividad, suficiencia de recursos y un desenvolvimiento agrario e industrial que no ha alcanzado la comunidad puertorriqueña.
En su deber de propiciar la libertad integral del ciudadano, el pueblo y el gobierno de Puerto Rico se esforzarán por promover la mayor expansión posible de su sistema productivo, asegurar la más justa distribución de sus resultados económicos, y lograr el mejor entendimiento entre la iniciativa individual y la cooperación colectiva. El Poder Ejecutivo y el Poder Judicial tendrán presente este deber y considerarán las leyes que tiendan a cumplirlo en la manera más favorable posible.

El Senador por San Juan indicó: “Con esta expresión que confío sea igualmente validada por la Cámara de Representantes, estamos dando un enorme paso en nuestra ruta hacia la autodeterminación puertorriqueña. La autodeterminación no es un papel, ni es una palabra: es un proceso. El rescate de la Sección 20, que hoy comenzamos desde el Senado, es un paso en esa dirección. Rescatada la Sección 20 por la legislatura actual, quedará restituida la integridad del magno documento constitucional que suscribieron grandes hombres y mujeres hace 61 años”.

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